Archivo de la etiqueta: HACIENDA

LOS RECIBOS DE LA LUZ DELATARAN A HACIENDA


LOS RECIBOS DE LA LUZ DELATARAN A HACIENDA  LAS VIVIENDAS NO HABITUALES DECLARADAS COMO TALES Y LAS VIVIENDAS ALQUILADAS NO DECLARADAS….

Como en estas fechas las arcas están vacías, hacienda llevaba ya años trabajando con catastro y con las empresas suministradoras de energía eléctrica para poder tener acceso tanto al censo de inmuebles como a los consumos de las viviendas. Esto que parece algo sin importancia la tiene y MUCHA. Todos esos propietarios que declaran una vivienda como vivienda habitual para poder desgravarse fiscalmente la hipoteca no constituyendo su vivienda habitual tiene los días contados. Este mes de marzo hacienda va a tener acceso a los consumos de luz de las viviendas por lo que en una casa declarada como habitual y con un consumo bajo o inexistente….va a resultar muy complicado justificar como se vive habitualmente en esa casa sin apenas gastar luz…!!!! ; esto dará lugar a sanciones, devolución de las cantidades desgravadas etc., etc… Con esto se destapa el FRAUDE en las VIVIENDAS declaradas como HABITUALES. ALQUILERES no Declarados, lo mismo…. Ese pisito en la playa que lo tenemos alquilado pero que no le hemos dicho nada a hacienda de esos ingresos… tendremos que justificarle como puede ser que en la casa de la playa que la usa usted cuando va de vacaciones tiene usted un consumo medio como si estuviera allí todos los días…..??? muy complicado de justificar verdad ?? Esto que ya veíamos avisando los profesionales a los propietarios desde hace un par de años.. ahora ha visto la luz y se ha publicado en los medios. Adjunto debajo una noticia que hace mención a lo aquí escrito. Redactado por Karen Manzanas. OKENDO INMOBILIARIA.

Redactado por  Karen Manzanas. OKENDO INMOBILIARIA

hacienda no perseguirá a los inquilinos de pisos alquilados en negro

jueves, 3 marzo, 2011 – 10:21

el propietario que no declare su alquiler «se la juega» con hacienda

este mes de marzo las operadoras eléctricas enviarán a la agencia tributaria los datos de consumo de los hogares que estén vacíos, para detectar si las viviendas están alquiladas en negro. hacienda prevé ir contra los propietarios pero no contra los inquilinos, así que pueden estar tranquilos

la nueva medida de hacienda de lucha contra el fraude no sólo no perjudicará a los inquilinos sino que les favorecerá, ya que podrán desgravar por las rentas que pagan sin que el casero les amenace con subirles el alquiler

la declaración de la renta de 2010, que es la que se presenta este año, ya se verá afectada con este nuevo control. los propietarios que se resistan a declarar sus contratos de alquiler se arriesgan a que hacienda lo detecte y les imponga la correspondiente sanción

Fuente : Idelista.com

Publicado: Okendo

TRIBUNAL DE VALENCIA SIENTA JURISPRUDENCIA SOBRE LA DEDUCCION DEL 100% DEL IVA EN LA COMPRA DE VEHICULOS DE EMPRESA


Sentencia número 213/2008 de fecha 14/04/2010 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana por la que se acepta la deducción en el Impuesto sobre el Valor Añadido del cien por cien ((100 %) de las cuotas soportadas por la adquisición de un vehículo turismo afecto a la actividad.

Hay que recordar que en el IVA el legislador presume un grado de afectación a la actividad económica de los vehículos turismos en un 50 %, salvo que el sujeto pasivo demuestre un grado mayor de afectación.

Esta sentencia considera que es válido que los sujetos pasivos del Impuesto deduzcan la totalidad de la cuota soportada en la compra de un turismo afecto a su actividad, siempre que dicha afectación sea efectiva, aunque lo fuere de manera parcial o limitada.

Se apoya en una sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de fecha 17 de Julio de 1991, que estableció que un sujeto pasivo, que utiliza bienes necesarios para su actividad económica, tiene derecho a deducir las cuotas soportadas en la adquisición de dichos bienes por reducido que sea el porcentaje de utilización para fines profesionales.

Evidentemente, tanto en Gestión Tributaria como en Inspección de los Tributos harán caso omiso de la citada sentencia del Alto Tribunal Valenciano, pues consideran que la Ley Española es taxativa en este punto. No obstante, la preeminencia del derecho comunitario sobre el nacional y el hecho de que las Directivas comunitarias son más proclives a salvaguardar el derecho a la deducción del IVA soportado que las Leyes nacionales de cada Estado (sobretodo el Español) nos hace pensar que dicha postura jurisprudencial se acabará imponiendo.

Ahora los Asesores tenemos un argumento jurisprudencial para defender la deducibilidad del IVA de los vehículos si se demuestra una afectación a la actividad (lo contrario, probar una afectación al 100 % ante Hacienda era un verdadero «Probativo Diabólico»).

El camino a recorrer será largo y lleno de dificultades, pero se empieza a ver la luz al final del camino. Tan solo queda esperar que los distintos Tribunales Superiores de Justicia hagan suya la razonada y justa sentencia del T.S.J. de Valencia.

articulo publicado por: EUROTEAM CONSULTORES.